Por: Manuel Bernal Saucedo

Apatzingán, Michoacán., agosto de 2021:- La persona que haya recibido cualquier marca de vacuna ya no debe volver a vacunarse, que ya completó su esquema, insisto, no se vuelve a vacunar, todavía no se establece si va a existir una revacunación anual, que seguramente así lo va a ser y en cuanto a la obligación de utilizar el cubre-bocas no es una decisión personal que deba tomarse, pues incluso hay un decreto de aplicar multas a quienes no lo utilicen y no tanto por la multa, sino porque se obligue a usar el cubre-bocas para evitar los contagios, pues es una barrera para evitar expulsar a una distancia lejana las gotitas de saliva de una persona infectada y evitar los contagios.

Ello fue descrito por el doctor Noé Jaimes Plascencia, Director General de la Jurisdicción Sanitaria Número Siete al ser entrevistado sobre este particular, precisando asimismo que esa es una de las medidas importantes, aparte de guardar la sana distancia que aunado con el cubre-bocas redobla la protección y disminuye la posibilidad de un contagio, protegiendo tanto a la persona que está junto a mi como a mi familia y la multa anunciada no se ha aplicado como tal y debería de aplicarse ante la falta de uso del cubre-bocas.

Noé Jaimes indicó que hay establecimientos que tienen bien reglamentado el uso del cubre-bocas, que para poderle vender al público deben entrar con su cubre-bocas, de lo contrario y ya se ha constatado, que empresas que están aquí no dejan entrar a las personas si no llevan esa protección, lo que quiere decir que si en todos los lugares se implementara esas medidas estrictas, se tendrían menos casos de contagios de Coronavirus